R. Señor, danos sacerdotes santos.
V. Para que nos acompañen a la hora de nuestra muerte, y ofrezcan la Santa Misa por nosotros



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sábado, 11 de junio de 2016

El heresiarca Bergoglio se inventa un nuevo concepto de herejía.

 
Heresiarca:  Es el Autor o instigador de una herejía.
Heresiarca es el primer autor de una herejía o líder de una secta herética.
Bergoglio esta excomulgado ipso facto por su pecado de herejía formal y es un cismático por separarse del Magisterio infalible de la Iglesia.  


El Cismático Bergoglio contradice el Magisterio de la Iglesia, contradice a Nuestro Señor  Jesucristo, se rebela contra toda la Escritura y se inventa un nuevo concepto de herejía:

"Este sano realismo de la Iglesia católica: la Iglesia católica jamás enseña ‘o esto, o esto’. Eso no es católico. La Iglesia dice: ‘Esto y esto’. ‘Haz lo perfecto: reconcíliate con tu hermano. No insultarlo. Ámalo. Pero si hay algún problema, al menos ponte de acuerdo, para que no estalle la guerra’. Este sano realismo del catolicismo. No es católico ‘o esto, o nada’: eso no es católico. Eso es herético. Jesús siempre sabe caminar con nosotros, nos da el ideal, nos acompaña hacia el ideal, nos libera de este enjaularse de la rigidez de la ley y nos dice: ‘Pero, hagan hasta el punto que puedan hacer’. Y él nos entiende bien. Este es nuestro Señor, esto es lo que nos enseña a nosotros”.



 



Papa Benedicto XV (1914-1922), Encíclica Ad Beatissimi Apostolorum:
"Tal es la naturaleza de la fe Católica que no admite más o menos, sino que debe ser sostenida como un todo, o rechazarse como un todo: Esta es la fe Católica, que a menos que un hombre crea con fe y firmemente, el no podrá ser salvado."



Este "hijo de perdición" y "hombre sin ley".  El heresiarca y cismático Bergoglio se separa del Magisterio auténtico  de la Iglesia y se rebela contra las leyes de la Iglesia, Bergoglio atacó el  Código de Derecho canónico :  “ si una cosa está prohibida en el código, no significa que deba estar prohibida para siempre. El código contiene leyes pero las leyes se pueden cambiar.”



 
 
El falso papa Bergoglio esta llevando al Infierno a quienes ciegamente le siguen.
 

«Habrá entre vosotros falsos maestros que introducirán herejías perniciosas y que, negando al Dueño que los adquirió, atraerán sobre sí una rápida destrucción. Muchos seguirán su libertinaje (su vida viciosa, disoluta, prácticas vergonzosas, sus  perdiciones, su sensualidad) y, por causa de ellos, el Camino de la verdad será difamado» (2Pe 2,1-2).


 
JudasPorque por medio de engaños se han infiltrado ciertas personas a quienes las Escrituras ya habían señalado desde hace mucho tiempo para la condenación. Son hombres malvados, que toman la bondad de nuestro Dios como pretexto para una vida desenfrenada, y niegan a nuestro único Dueño y Señor, Jesucristo.


El Papa Pablo IV decretó: Excomunión ipso facto para los que favorezcan a herejes o cismáticos -  Los fieles no deben obedecer sino evitar a los desviados en la Fe ( Cum Ex Apostolatus Officio )

 
 
 
 


 
 El Código de Derecho Canónico define herejía:

Canon 751:«Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma» Código de Derecho Canónico - CIC can. 751). -CIC# 2089.

Por lo tanto, la herejía es la negación pertinaz de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica. El canon 750 § 1 define qué se debe creer con fe divina y católica:

Canon 750 § 1: Se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por tradición, es decir, en el único depósito de la fe encomendado a la Iglesia, y que además es propuesto como revelado por Dios, ya sea por el magisterio solemne de la Iglesia, ya por su magisterio ordinario y universal, que se manifiesta en la común adhesión de los fieles bajo la guía del sagrado magisterio; por tanto, todos están obligados a evitar cualquier doctrina contraria.
Entre estas doctrinas se encuentran los artículos del Credo y los dogmas.
Una doctrina se reconoce como dogma por una de las siguientes razones:
1- Ha sido solemnemente definida como tal por el Magisterio de la Iglesia. Esto puede ocurrir en un Concilio Ecuménico o por un pronunciamiento ex cathedra del Papa. (Ejemplo: La Inmaculada Concepción de María)
2- Ha sido enseñada como tal por la Tradición invariable de la Iglesia y no requiere ser proclamada dogmáticamente. (Ejemplo: La condena al aborto, la condena de los actos homosexuales, etc)

El rechazo de estas doctrinas constituye herejía.
Las enseñanzas infalibles requiere el asentimiento de la fe
Temas como la anticoncepción, el aborto, el divorcio y la homosexualidad son enseñanzas dogmáticas de la Iglesia definitivas.



 
Santo Tomás (II-II: 11,1) define la herejía del modo siguiente: “Una especie de infidelidad de aquellos que, habiendo profesado la fe en Cristo, corrompen sus dogmas”. “La correcta fe cristiana consiste en asentir voluntariamente con Cristo en todo aquello que pertenece verdaderamente a su enseñanza. Hay, consecuentemente, dos formas de desviarse del cristianismo: una, cuando uno se rehúsa a creer en Cristo, y es lo que se llama infidelidad, que comparten los paganos y los judíos; la otra, cuando uno restringe su creencia solamente a ciertos puntos de la doctrina de Cristo, seleccionados y modificados según la propia conveniencia, y es lo que se llama herejía. El objeto de la fe y de la herejía es, por tanto, el depósito de la fe, o sea, la suma total de las verdades reveladas por la Escritura y la Tradición según nos la propone la Iglesia para que la creamos. El creyente acepta la totalidad del depósito según lo propone la Iglesia; el hereje acepta sólo aquellas partes que su juicio le recomienda. Las razones de la herejía pueden ser: ignorancia del verdadero credo, juicio erróneo, percepción y comprensión imperfectas de los dogmas. En ninguno de esos casos juega la voluntad un papel importante, y ello hace que tal herejía sea solamente material u objetiva, al no darse una de las condiciones de la pecaminosidad: la elección libre. Por otro lado, la voluntad puede libremente inclinar el intelecto a adherirse a algunas de las posiciones que han sido declaradas falsas por la autoridad de la Iglesia. Los motivos para ello pueden ser: orgullo intelectual o confianza excesiva en las propias capacidades; la ilusión de celo religioso; la tentación de poder político o religioso; las ataduras de los bienes materiales y el nivel social; quizás otros menos honorables aún. Este tipo de herejía aceptada sí es sujeto de culpa, en grado variable. Se le llama formal porque al error material añade el elemento informativo de lo “libremente querido”.
Para que la herejía sea formal, debe tener pertinacia, o sea, la adhesión obstinada a una posición particular.

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